Te decimos, de forma sencilla, cómo tributan las criptomonedas

Las criptomonedas como activo digital circulan hace más de una década, pero el interés por ellas ha aumentado exponencialmente desde hace tres o cuatro años.

Esto, se ha traducido en mayores inversiones, intercambios, compra-venta y creación de nuevas criptodivisas, las cuales deben declararse en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRFP), aunque no exista una norma específica.

Y es que, en un mercado aunque volátil, las estadísticas muestran que los inversores en criptografía han obtenido ganancias significativas comprando y vendiendo monedas virtuales.

Por eso, en este artículo queremos explicarte cómo tributan las criptomonedas, un tema de debates y desafíos que cada vez toma más espacio entre novatos, principiantes, profesionales y aficionados en el tema.

¿Cómo se gravan las criptomonedas?

Los impuestos a las criptomoneda* se basan en un fallo del Servicio de Impuestos Internos (IRS9) de 2014 donde se establece que éstas son un activo de capital (acciones o bonos), en lugar de una moneda.

Los activos de capital se gravan cuando su venta conlleva a un beneficio, es decir, si compras bienes o servicios con criptomonedas y la cantidad gastada ha ganado en valor sobre lo que pagaste, tu gasto incurre en impuestos.

¿Qué hacer ante la falta de regulación? Reglas generales

Ante una regulación específica, hay países como España, donde se ha acudido al derecho tributario para constituir el de las criptodivisas.

Con lo cual se busca establecer una doctrina, donde la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) se encarga de las normas sobre este asunto.
Por un lado, la Dirección General de la AEAT destaca, según Resolución de enero de 2018, las incidencias fiscales de las nuevas tecnologías, entre ellas, blockchain y las criptomonedas.

Indica que en la declaración de la renta se debe incluir la ganancia o pérdida patrimonial relacionada con una operación de compraventa con criptomonedas.

Tipo impositivo: caso Bitcoin

En el caso del bitcoin y el resto de criptodivisas, se establece que se pagará un 19 % cuando el tipo impositivo ronde los 6.000 euros; del 21% cuando este sea entre 6.000 y 50.000 y del 23% cuando superen los 50.000.

Medidas contra el fraude

Se establece la obligación de informar sobre la tenencia y operativa de criptomonedas en el Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, aprobado el 13 de octubre de 2020.

Impuesto Patrimonial

Todo tener de criptomonedas, debe informar al 31 de diciembre de cada año, sobre las criptos que posees, valoradas por el mercado a esa fecha.

Obligaciones tributarias del minado

Minar criptomonedas es actividad económica y, por lo tanto, toda persona que haga esto, debe declararlas.

Si el caso fuese de tipo jurídico, los implicados deberán presentar trimestralmente una documentación requerida por la Agencia Tributaria.

Sobre las cantidades por minado, éstas se declararán en IRPF como ingresos derivados y calculados en base al precio del día que las recibió.

A estos ingresos se les pueden deducir gastos, siempre que se demuestre que son necesarios para efectos de ingresos.

Las ganancias por la venta de esas criptomonedas, se deben tributar en IRPF como ganancias o pérdidas patrimoniales, según el caso.

Para hacerlo, se debe tomar como valor el usado para determinar los ingresos.

Impuestos de Bitcoin: reglas fiscales

Las criptomonedas que se negocian o usan para pagar cosas pueden estar sujetas a impuestos.

Entonces ¿Cuándo el pasa eso?:

En 2014, el IRS emitió un aviso donde deja claro que la criptomoneda es propiedad, no moneda y es la base para establecer si las personas deben o no pagar impuestos.

Si se adquirió un bitcoin por minería, ese valor está sujeto a impuestos de inmediato y no es necesario vender la moneda para crear una obligación tributaria.

Si el bitcoin fue canjeado en un intercambio, la persona deberá pagar los impuestos si el valor realizado es mayor que el precio al que lo adquirió en su momento.

Los NFTs y las fiscalizaciones

Dependiendo de las circunstancias, los Non-Fungible Token (NFTs), se gravarán con IVA o Transmisiones Patrimoniales.

En caso de que la venta se haga profesionalmente y dentro de un ámbito de trabajo, el comprador tiene que pagar IVA.

Si la persona que vende es un particular, no relacionado con el NFT, el comprador deberá pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Al vender un NFT se deberá tributar el IRPF como rendimiento de la actividad económica o como ganancia patrimonial.

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