Banco Central de Cuba autoriza criptomonedas

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El Banco Central dijo el martes que otorgará licencias a los proveedores de servicios de activos virtuales. Las personas naturales -personas físicas- y jurídicas -empresas-, tanto cubanas como extranjeras, podrán obtener una licencia a través de este proceso.

También indicó que las licencias emitidas tendrán una validez de un año y que podrán ser prorrogadas si se considera que la actividad es experimental y única.

Según la resolución, los proveedores de servicios pueden emplear activos virtuales que hayan sido certificados por la BCC. Aquellos que utilicen “representaciones digitales de dinero fiduciario, valores y otros activos financieros típicamente utilizados en instituciones bancarias y financieras tradicionales” están sujetos a la jurisdicción del Banco Central de Cuba.

La Junta de Comercio promulgó en agosto una resolución que regula el uso de los activos virtuales en las transacciones comerciales y exige que los proveedores de servicios de activos virtuales estén autorizados por la Junta.

En un comunicado emitido el jueves, el Banco Central recordó a los “proveedores de servicios de activos virtuales para actividades bancarias, de intercambio, de cobro y de pago dentro y fuera del territorio nacional”.

Los organismos gubernamentales tienen prohibido utilizar activos virtuales en las transacciones a menos que estén expresamente autorizados por el BCC, que se encargará de hacerlos cumplir.

Cuba no ha especificado cómo gravará los activos virtuales según los términos del acuerdo actual.

Tras recibir la documentación requerida, el BCC debe conceder o denegar la licencia solicitada “en un plazo de noventa días hábiles” tras recibir la documentación. Es imprescindible consultar con un grupo de criptoactivos antes de obtener la licencia.

El banco declaró que la decisión entrará en vigor 20 días después de su publicación.

Los proveedores también estarán obligados a mantener registros contables de sus actividades de acuerdo con las Normas de Información Financiera de Cuba, que han sido aprobadas por el Ministerio de Finanzas y el Ministerio de Precios.

Los licenciatarios que violen la resolución o que operen sin licencia, según el BCC, serán sancionados según el Decreto 363, que trata de las infracciones administrativas a la legislación bancaria y financiera.

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