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¿Qué pasa con los impuestos de las criptomonedas en España en 2025? Una guía para bitcoiners novatos.

Si estás empezando a meterte en el mundo de las criptomonedas en España, seguro que te has preguntado: «¿Y qué hago con Hacienda?». No te preocupes, aquí te voy a contar cómo está el panorama fiscal en marzo de 2025, de forma clara y sin tecnicismos aburridos. Eso sí, prepárate, porque hay algunos puntos sensibles que podrían hacerte sudar si no estás al tanto. Vamos a desglosarlo como si estuviéramos charlando en un café.

En España, las criptomonedas como Bitcoin o Ethereum no son «dinero» a ojos de Hacienda, sino activos. Esto significa que cada vez que haces algo con ellas (vender, intercambiar o incluso gastarlas), puede surgir un «evento fiscal». La base es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que grava las ganancias que obtengas.Si compraste 1 BTC por 10,000 euros y lo vendiste por 15,000, esos 5,000 de ganancia van a la declaración de la renta, en la sección de «ganancias patrimoniales». Los tipos impositivos en 2025 van del 19% al 28%, dependiendo de cuánto ganes: hasta 6,000 euros es un 19%, y de ahí sube progresivamente. Así que, ojo, porque un buen trade puede significar una factura considerable.

Ahora, ¿qué pasa si no vendes y solo hodleas?Aquí viene el primer punto sensible: el Impuesto sobre el Patrimonio. Si tienes criptos valoradas en más de 700,000 euros (contando todo tu patrimonio neto), tienes que declararlo aunque no las muevas. Esto no es nuevo, pero en 2024 se rumoreó que podrían bajar ese umbral o incluir reglas más estrictas para criptos en exchanges extranjeros. Al final, no se concretó para el año fiscal pasado, pero es algo que sigue flotando y podría cambiar. Imagínate: estás acumulando BTC y, de repente, te toca pagar solo por tenerlo. Es como un susto en la billetera.

Otro tema candente es el Modelo 721, obligatorio desde 2024. Si tienes más de 50,000 euros en criptos guardadas en plataformas fuera de España (como Binance o Coinbase, si no están registradas aquí), debes reportarlo antes del 31 de marzo de cada año. No pagas impuestos por esto, es solo informativo, pero si te lo saltas, las multas son de susto: hasta 5,000 euros por dato omitido. En 2024, Hacienda apretó las tuercas y empezó a cruzar datos con exchanges, así que no te hagas el despistado pensando que no se enteran.

Y aquí va un punto que pudo haber sido un bombazo el año pasado: los intercambios cripto-cripto. En España, cambiar BTC por ETH cuenta como una venta, y si hay ganancia, toca tributar. Hubo propuestas en 2023 para relajar esto, como en otros países donde solo pagas al pasar a euros, pero no prosperó. Para un bitcoiner novato, esto es un dolor de cabeza: cada trade en tu DEX favorito puede generar un lío fiscal. Mi consejo: lleva un registro detallado de todo, porque Hacienda usa el método FIFO (primero en entrar, primero en salir) para calcular tus ganancias, y si no tienes los números claros, te puedes meter en un buen follón.

Por último, cuidado con el control reforzado. Desde 2024, los exchanges registrados en España (los del Banco de España) mandan info a Hacienda vía los modelos 172 y 173. Si usas plataformas extranjeras sin regulación aquí, igual te libras por ahora, pero la UE está empujando normativas como la Directiva DAC8, que podría cerrar ese hueco en 2025 o 2026. Así que, si pensabas que tus trades en Kraken eran invisibles, piénsatelo dos veces.

En resumen, bitcoiner, el 2025 no pinta mal, pero hay minas fiscales por ahí. Lleva tus cuentas al día, declara tus ganancias en la renta (abril-junio), vigila el Patrimonio y no te olvides del 721 si tienes criptos fuera. Hacienda está cada vez más lista, y tú también deberías estarlo. ¿Dudas? Busca un asesor fiscal que entienda de criptos, ¡y a seguir stackeando sats con cabeza!

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Última Actualización: marzo 24, 2025